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MEDIDAS Y REGLAMENTACIONES EN EL FUNCIONAMIENTO DE ACTIVIDADES Y RUBROS COMERCIALES

Enmarcada en la Decisión Administrativa N° 524/2020 del Gobierno Nacional y ante la solicitud efectuada por el Gobierno de la Municipalidad de General Paz. El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través de la nota NO 2020-07823157,   el funcionamiento  de las actividades y/o rubros comerciales que a continuación se detallan:

  • Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos “Puntos de Pago”.

En el horario comprendido entre las 9,00 y las 17,00 horas; de lunes a viernes.

  • Oficina de Rentas Municipal.

Lunes a viernes de 9,00 a 13,00 horas.

  • Registro del Automotor.

Lunes a viernes de 8,30 a 14,00 horas.

  • Registro de las Personas (Partidas de nacimiento y defunción)

Lunes a Viernes de 8,00 a 13,00.

  • Venta de mercaderías ya elaboradas de comercios minoritas.
  • Mercería.
  • Tiendas de ropa, lencería, marroquinería y zapatería.
  • Pinturería
  • Casa de venta de artículos de electricidad.
  • Casa de venta de artículos de pesca y caza.
  • Polirrubros.
  • Bazar, cotillón y regalería.
  • Cualquier otro comercio de venta de mercadería elaborada minorista.

El servicio en todos estos comercios debe realizarse puerta a puerta, conforme a lo indicado en la normativa nacional, previo registro de la persona que realiza el delibery.

El horario de delibery, será de lunes a viernes de 9,00 a 17,00 y sábados de 9,00 a 15,00.

  • Atención médica (turnos programados).
  • Odontológica (emergencias).
  • Laboratorios de análisis clínicos y centros de atención por imágenes, con sistema de turnos previos.
  • Ópticas con sistema de turnos previos.
  • Lunes, miércoles y viernes de 13,00 a 17,00 horas.

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