MEDIDAS Y REGLAMENTACIONES EN EL FUNCIONAMIENTO DE ACTIVIDADES Y RUBROS COMERCIALES
Enmarcada en la Decisión Administrativa N° 524/2020 del Gobierno Nacional y ante la solicitud efectuada por el Gobierno de la Municipalidad de General Paz. El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través de la nota NO 2020-07823157, el funcionamiento de las actividades y/o rubros comerciales que a continuación se detallan:
- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos “Puntos de Pago”.
En el horario comprendido entre las 9,00 y las 17,00 horas; de lunes a viernes.
- Oficina de Rentas Municipal.
Lunes a viernes de 9,00 a 13,00 horas.
- Registro del Automotor.
Lunes a viernes de 8,30 a 14,00 horas.
- Registro de las Personas (Partidas de nacimiento y defunción)
Lunes a Viernes de 8,00 a 13,00.
- Venta de mercaderías ya elaboradas de comercios minoritas.
- Mercería.
- Tiendas de ropa, lencería, marroquinería y zapatería.
- Pinturería
- Casa de venta de artículos de electricidad.
- Casa de venta de artículos de pesca y caza.
- Polirrubros.
- Bazar, cotillón y regalería.
- Cualquier otro comercio de venta de mercadería elaborada minorista.
El servicio en todos estos comercios debe realizarse puerta a puerta, conforme a lo indicado en la normativa nacional, previo registro de la persona que realiza el delibery.
El horario de delibery, será de lunes a viernes de 9,00 a 17,00 y sábados de 9,00 a 15,00.
- Atención médica (turnos programados).
- Odontológica (emergencias).
- Laboratorios de análisis clínicos y centros de atención por imágenes, con sistema de turnos previos.
- Ópticas con sistema de turnos previos.
- Lunes, miércoles y viernes de 13,00 a 17,00 horas.
