Municipalidad de General Paz: DECRETO Nº 209/20
VISTO
El DECNU-2020-297-APN-PTE emitido por el Poder Ejecutivo Nacional en virtud de determinar el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” hasta el 31 de marzo para todos los habitantes de la República Argentina y,
CONSIDERANDO
Que el Poder Ejecutivo Municipal ha dispuesto la emergencia sanitaria en todo el Distrito de General Paz a través de del Decreto N°187.
Que asimismo ha venido tomando medidas de carácter progresivo tanto laborales, económicas y sociales a los fines de prevenir y mitigar la propagación del virus COVID 19 (coronavirus), a través de los Decretos N° 195, 199, 200 y 204.
Que el artículo 14 de la Constitución Nacional garantiza a todos los ciudadanos el ejercicio de derechos fundamentales conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, pudiendo limitarse los mismos por razones de orden público, seguridad y salud pública.
Que atento a la dinámica de la pandemia y con el objetivo de proteger la salud pública como un derecho inalienable de todos los vecinos del distrito es necesario adherirse a la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” por un plazo determinado.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 6 inc. 2 y 10 de la normativa nacional, es facultad del poder Ejecutivo Municipal establecer las necesidades esenciales requeridas.
Es por ello, y en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Intendente Municipal
DECRETA
ARTICULO 1: Acompañar y adherirse a lo establecido por el Poder Ejecutivo Nacional en el DECNU-2020-297-APN-PTE en todos sus términos y se disponga el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para todos los habitantes del Distrito de General Paz desde las 00.00hs del día 20 de marzo hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiendo prorrogarse conforme a lo dispuesto por las autoridades nacionales.
ARTICULO 2: Conforme a lo dispuesto en el artículo precedente todos los habitantes deberán permanecer en sus residencias habituales, debiendo abstenerse de circular por las calles, rutas, vías y espacios públicos con el fin de prevenir la circulación y contagio del virus COVID 19, únicamente se podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para abastecerse de provisiones de alimentos, medicamentos y de limpieza fundamentales para la vida cotidiana.
ARTÍCULO 3: El poder Ejecutivo Municipal dispondrá las medidas necesarias para el control de los accesos y demás lugares estratégicos en el distrito a los fines de garantizar el aislamiento dispuesto
ARTICULO 4: Quedan exceptuados de la presente medida todas aquellas personas afectadas a las actividades y servicios que se consideren esenciales en la emergencia sanitaria declarada y el personal integrante del Poder Ejecutivo Municipal, en su virtud de su poder de representación.
ARTÍCULO 5: Se consideraran servicios esenciales para el Poder Ejecutivo Municipal, los comprendidos en el ámbito de Salud, el Servicio de Recolección de residuos domiciliarios, limpieza y conservación de la vía pública, personal de obras públicas con destino al sistema sanitario, personal de asistencia a niños/as y adolescentes, Justicia de Faltas, inspectores municipales y Bromatología.
ARTICULO 6: El Poder Ejecutivo se reserva la facultad de convocar y reasignar el personal que considere necesario y calificado para poder llevar a cabo las actividades correspondientes a cada sector declarado como esencial en el artículo precedente y en casos de emergencia y/o fuerza mayor, sin vulnerar los derechos garantizados a los trabajadores.
ARTÍCULO 7: Las actividades que se desarrollen en el marco de los servicios esenciales determinados por el presente decreto se podrán reorganizar disponiendo guardias de trabajo a los fines de evitar en su máxima expresión la circulación de trabajadores y optimizar el recurso humano disponible.
ARTICULO 8: Otorgar asueto a los trabajadores municipales los días 20,25,26, 27 y 30 de marzo de 2020, exceptuando a los trabajadores establecidos por las actividades dispuestas como esenciales por el presente decreto.
Ranchos, 20 de marzo de 2020
Adrián Anibal Giménez – Secretario General de Gobierno Municipalidad de General Paz
Juan Manuel Alvarez – Intendente Municipal de General Paz
