El Registro para el Regreso al Domicilio Habitual fue presentado este martes. Las autorizaciones serán administradas por el Ministerio de Gobierno. Serán sancionados los datos falsos en las declaraciones juradas.
Aquel que necesite gestionar el certificado deberá ingresar a regresoacasa.gob.gba.gob.ar y completar el formulario con los campos requeridos. Una vez aprobado, el solicitante recibirá un link para descar el documento, que tendrá una validez de 96 horas computadas a partir de su emisión.
Con la realización del trámite se emitirá un permiso de validez nacional por vehículo y por viaje, en el quese detallarán los datos del conductor y los acompañantes. «En el caso que el conductor fuera una persona distinta que te va a buscar a vos y a tus acompañantes, tenés que completar el formulario con sus datos», aclaran.
Cabe aclarar que se considera “domicilio habitual” a aquel que consta en el DNI del solicitante, a excepción de quien pudiera acreditar que el mismo ha variado con documentación fehaciente. Si la autorización es requerida durante el trayecto, deberá ser exhibida en copia digital o impresa a la autoridad competente.
El Registro para el Regreso al Domicilio Habitual fue creado a través del decreto 305, publicado este martes en el Boletín Oficial. Según reza el documento, los funcionarios responsables «deberán establecer si autorizan que un vehículo se traslade hasta el punto donde está la persona solicitante para buscarla y así poder regresar, o si deberá exclusivamente contar con un vehículo en el mismo lugar donde esté cumpliendo el aislamiento».
La normativa, basada en la Resolución Conjunta nacional 3/2020 de los ministerios de Transporte y del Interior, dispuso además que será el Ministerio de Gobierno el encargado de organizar la apertura, administrar el registro y determinar el procedimiento de inscripción.
Así, la ministra de Gobierno, Teresa García, deberá prestar conformidad o desestimar las solicitudes de traslado excepcional que realicen las personas e informarlo a Jefatura de Gabinete nacional.
Vale aclarar que, de acuerdo a la disposición que se dio a conocer esta mañana, serán sancionados los datos falsos en las declaraciones juradas «sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública».
La resolución se da en el marco del aislamiento social decretado el 20 de marzo pasado por el Gobierno nacional, que obligó a personas y grupos familiares que se encontraban fuera de sus casas a mantenerse alejados de sus domicilios. «Se entendió necesaria la implementación de medidas para habilitar el regreso a sus lugares de residencia habitual a aquellas personas que pudieran trasladarse con vehículos particulares», detallaron.
Por último, aclararon que la aprobación o denegación de las solicitudes será «fundadamente y de conformidad con la capacidad de ingreso diario de cada jurisdicción, en condiciones de seguridad sanitaria, comunicando la decisión a los solicitantes».
(Fuente Infocielo)