{"id":43660,"date":"2023-07-19T12:42:23","date_gmt":"2023-07-19T15:42:23","guid":{"rendered":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/?p=43660"},"modified":"2023-07-19T12:42:23","modified_gmt":"2023-07-19T15:42:23","slug":"atencion-abstencionistas-que-pasa-si-no-voto-en-las-elecciones-de-2023","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/?p=43660","title":{"rendered":"Atenci\u00f3n abstencionistas: \u00bfqu\u00e9 pasa si no voto en las elecciones de 2023?"},"content":{"rendered":"<h3>El C\u00f3digo electoral prev\u00e9 multas de entre 50 y 500 pesos, adem\u00e1s de sanciones como la imposibilidad de tramitar el pasaporte.<\/h3>\n<p>Las \u00faltimas citas electorales mostraron una creciente tendencia hacia opciones como votar en blanco, anular el voto o, directamente, no ir a votar, elementos que inciden en el resultado de los comicios.<\/p>\n<p>En el \u00faltimo de los casos, no cumplir con la obligaci\u00f3n de emitir el voto puede tener consecuencias. En algunos casos el abstencionista deber\u00e1 afrontar el pago de una multa o recibir sanciones, salvo que est\u00e9n comprendidos dentro de los grupos de exceptuados y justifiquen su ausencia en las urnas, de acuerdo con el C\u00f3digo Electoral Nacional.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQui\u00e9nes est\u00e1n obligados a votar?<\/strong><\/p>\n<p>El C\u00f3digo Electoral Nacional establece la obligaci\u00f3n para todas aquellas personas que figuran \u00a0habilitadas en el Registro Nacional de Electores. Por el contrario, quienes no aparezcan en el padr\u00f3n electoral no podr\u00e1n votar.<\/p>\n<p>Es importante aclarar que el C\u00f3digo Electoral Nacional no establece ninguna penalidad para los votantes de 16 y 17 a\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 pasa si una persona no vota en las elecciones de 2023?<\/strong><\/p>\n<p>La C\u00e1mara Nacional Electoral elabora un listado por distrito, con nombre y apellido de los electores mayores de 18 a\u00f1os y menores de 70 a\u00f1os de quienes no se tiene constancia de emisi\u00f3n del voto.<\/p>\n<p>Esta informaci\u00f3n queda a disposici\u00f3n del Poder Ejecutivo y de los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo consultarse aqu\u00ed.<\/p>\n<p>Las personas que no asistan a votar, y no justifiquen su inasistencia ante la Justicia Electoral Nacional dentro de los 60 d\u00edas posteriores a la elecci\u00f3n, deber\u00e1n pagar una multa de entre $ 50 y $ 500, dependiendo de la cantidad de infracciones previas.<\/p>\n<p>Por otra parte, el C\u00f3digo Electoral Nacional dispone en su art\u00edculo 125 que el infractor no podr\u00e1 desempe\u00f1ar funciones o empleos p\u00fablicos durante 3 a\u00f1os, como tampoco realizar gestiones o tr\u00e1mites durante 1 a\u00f1o ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires o municipales.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQui\u00e9nes no est\u00e1n obligados a votar en las elecciones 2023?<\/strong><\/p>\n<p>En este grupo se incluyen los jueces y auxiliares que deban cumplir funciones durante los comicios; y las personas que se encuentran a m\u00e1s 500 kil\u00f3metros del lugar de votaci\u00f3n y que justifiquen que el alejamiento se debe a motivos razonables.<\/p>\n<p>En este \u00faltimo caso, deben presentarse ante la comisar\u00eda m\u00e1s pr\u00f3xima, en la cual se le otorgar\u00e1 un certificado por escrito.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n est\u00e1n exceptuados los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, que les impida asistir al acto y que cuenten con certificado m\u00e9dico; y el personal de organismos o empresas de servicios p\u00fablicos que deba realizar tareas que le impida asistir al comicio.<\/p>\n<p>En este caso, el empleador deber\u00e1 comunicar al Ministerio del Interior y Transporte el listado de afectados a tareas el d\u00eda de los comicios con 10 d\u00edas de anticipaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para el resto de los trabajadores, el C\u00f3digo Electoral establece que \u201ctienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores con el objetivo de concurrir a emitir el voto o desempe\u00f1ar funciones en el comicio, sin deducci\u00f3n alguna del salario ni posterior recargo de horario\u201d.<\/p>\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo justificar la no concurrencia a votar?<\/strong><\/p>\n<p>La justificaci\u00f3n del no voto debe realizarse en el Registro de Infractores al deber de votar, donde se deben ingresar los datos personales. Tambi\u00e9n se puede hacer la presentaci\u00f3n ante la C\u00e1mara Nacional Electoral o la secretar\u00eda electoral correspondiente al domicilio de la persona.<\/p>\n<p>En caso de que no se pueda justificar la ausencia, se debe pagar la multa electoral (ver ac\u00e1 el paso a paso sobre c\u00f3mo realizar el tr\u00e1mite).<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\"><strong>( Fuente La Tecla)<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El C\u00f3digo electoral prev\u00e9 multas de entre 50 y 500 pesos, adem\u00e1s de sanciones como la imposibilidad de tramitar el<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":43662,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-43660","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/43660","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=43660"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/43660\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":43663,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/43660\/revisions\/43663"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/43662"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=43660"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=43660"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=43660"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}