{"id":43015,"date":"2023-05-15T12:23:27","date_gmt":"2023-05-15T15:23:27","guid":{"rendered":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/?p=43015"},"modified":"2023-05-15T12:32:49","modified_gmt":"2023-05-15T15:32:49","slug":"editorial-la-solucion-la-semana-que-viene","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/?p=43015","title":{"rendered":"Editorial: \u00abLa soluci\u00f3n la semana que viene\u00bb"},"content":{"rendered":"<p>La Corte Suprema de Justicia de la naci\u00f3n en su acordada del martes respondi\u00f3 a un pedido de amparo presentado por fuerzas pol\u00edticas de la oposici\u00f3n a los gobiernos provinciales de Tucum\u00e1n y San Juan y atento a la urgencia del caso, ya que las presentaciones denuncian violaciones a las constituciones de ambos estados, dict\u00f3 la precautoria de suspender esos comicios al menos en las categor\u00edas impugnadas que son las f\u00f3rmulas de gobernador y vice.<br \/>\nTal decisi\u00f3n no debi\u00f3 generar sorpresa alguna en ning\u00fan sector de la sociedad ya que ninguna otra pod\u00eda esperarse del m\u00e1ximo organismo de la justicia, atento a las particularidades de cada caso (donde la violaci\u00f3n denunciada es flagrante), la evidente afectaci\u00f3n a lo establecido por la Constituci\u00f3n Nacional en orden b\u00e1sico a lo que est\u00e1n sometidas a respetar las provincias mas all\u00e1 de sus autonom\u00edas federales y sobre todo, en atenci\u00f3n a los antecedentes obrantes (a los que la Corte brinda desde siempre debida obediencia como que los denomina \u00abjurisprudencia\u00bb) donde en TODOS los casos el Tribunal obr\u00f3 y fall\u00f3 de id\u00e9ntica forma.<br \/>\nSin embargo, el loable entusiasmo del gobierno y la dirigencia del espacio gobernante, unido a la sorprendente incapacidad para explicarle a la  sociedad hasta sus propios objetivos alcanzados por parte de la oposici\u00f3n y la cada vez mas evidente falta de profesionalismo (con contadas excepciones) del periodismo (cuando no \u00abotras\u00bb razones) conforman un combo explosivo que conduce inexorablemente a la sociedad a conclusiones equ\u00edvocas, a una ignorancia cada d\u00eda mas da\u00f1ina, sumando a la profundizaci\u00f3n de la \u00abmaldita grieta\u00bb que se alimenta de un pueblo donde cada d\u00eda mas gente \u00abelige\u00bb que cosa y a \u00abquien creer\u00bb sin importar mucho si en ello est\u00e1 la verdad consagrada y quienes son los voceros de ella.<br \/>\nExist\u00edan al momento de estos nuevos casos tres antecedentes de similares caracter\u00edsticas en los que debi\u00f3 fallar el m\u00e1ximo tribunal. En 2013 ocurrieron las presentaciones ante el mismo por las postulaciones de Gerardo Zamora a la rereelecci\u00f3n de gobernador en Santiago del Estero en comicios anunciados para el 22 de octubre. La Corte en fallo un\u00e1nime de sus cuatro miembros de entonces impidi\u00f3 la postulaci\u00f3n del gobernador por as\u00ed establecerlo claramente la Constituci\u00f3n de su provincia y ese 27 de octubre se eligieron solo diputados, intendentes y concejales. El 1 de diciembre, con la candidatura de Claudia Ledesma Abdala, esposa de Zamora, el justicialismo se impuso en los comicios de gobernador con el 52 % de los votos.<br \/>\nLos otros dos antecedentes ocurrieron en 2019. 41 d\u00edas antes de las elecciones de La Rioja, donde Sergio Casas se propon\u00eda a la re reelecci\u00f3n se produjo un hecho paradigm\u00e1tico. Previamente el gobierno de esa provincia hab\u00eda llevado adelante un refer\u00e9ndum para reformar la constituci\u00f3n provincial, cuyo mayor sentido era modificar la prohibici\u00f3n de m\u00e1s de dos reelecciones consecutivas del gobernador y\/o del vicegobernador. En el caso de La Rioja, los jueces de la Corte se pronunciaron en forma un\u00e1nime contra la reforma constitucional que se hizo en la provincia luego del refer\u00e9ndum de enero de ese mismo a\u00f1o para habilitar un tercer mandato consecutivo de Casas. Y obviamente ante la insistencia, la Corte afirm\u00f3 que si el gobernador requer\u00eda de una reforma de la carta magna para ser candidato, ca\u00edda esa reforma ca\u00eda tambi\u00e9n su candidatura. El fallo fue un\u00e1nime.<br \/>\nY por \u00faltimo, el episodio mas contundente para mostrar la inconsistencia total de lo que hoy se pretende imponer ocurri\u00f3 en R\u00edo Negro, cuando el ex vicegobernador que lleg\u00f3 a la gobernaci\u00f3n por la tr\u00e1gica muerte de Carlos Soria, tras su reelecci\u00f3n pretend\u00eda una segunda consagraci\u00f3n en esos comicios de 2019. Quien entonces recurri\u00f3 a la Corte de la naci\u00f3n fue el diputado nacional del Frente para la Victoria y hombre muy cercano a la Dra. Cristina Fern\u00e1ndez, Mart\u00edn Soria. Y fue esa presentaci\u00f3n de Soria la que logr\u00f3 el respaldo de la Corte Suprema, haciendo que Weretilneck debiera resignar su intenci\u00f3n.<br \/>\nEste ejemplo por si solo debiera servir para que ni una sola voz se levante aduciendo \u00abpartidismo pol\u00edtico\u00bb a esta acordada de la Corte. Porque debe decirse que quien present\u00f3 ese recurso en Ri\u00f3 Negro es hoy, el actual ministro de Justicia de la Naci\u00f3n, propuesto por la vicepresidente de la naci\u00f3n Dra. Fern\u00e1ndez (\u00a1!).<br \/>\n\u00bfC\u00f3mo explicar esta actitud oficial con cadenas nacionales inclu\u00eddas, una del ministro del interior y otra del mism\u00edsimo presidente de la Rep\u00fablica?.<br \/>\nValen por \u00faltimo (es tanta la argumentaci\u00f3n para descalificar el intento que s\u00f3lo cabe citar parte de ella) que como resulta evidente, las sentencias judiciales fueron siempre ligadas a una persona. A un nombre concreto. Nunca a un espacio pol\u00edtico que adem\u00e1s en todos los casos triunfaron en esos comicios, claro que con otro candidato, elegido por ese partido.<br \/>\nVayan unos conceptos m\u00e1s: en todos los conflictos citados, es la Constituci\u00f3n de sus provincias las que ponen \u00e9stos l\u00edmites. Por ello, por caso en Formosa puede gobernar hace d\u00e9cadas Gildo Insfr\u00e1n y nadie se lo impide. Tambi\u00e9n cabe destacar que la medida se tom\u00f3 tan cerca a las elecciones porque los pedidos de amparo requirieron para utilizarse que las justicias de ambas provincias se expidieran antes y entonces, en abril pasado (hace dos y tres semanas) reci\u00e9n se hicieron estas presentaciones. Esto marca que la Corte actu\u00f3 con celeridad. Es otra falacia evidentemente (en la que caen muchos periodistas llamados serios) que la Corte debi\u00f3 hacer esto unos meses antes.  Por \u00faltimo, es repetitivo en estos d\u00edas, ver y escuchar a voceros del gobierno preguntarse asombrados como un ex presidente como Macri puede hablar de \u00abfeudos en algunas provincias, cuando EL lleva 16 a\u00f1os gobernando la capital argentina\u00bb. \u00bfC\u00f3mo puede decirse esto hasta con gesto adusto como si se tratara de un espejo de la realidad? Hasta nos resulta grosero recordar que Macri gobern\u00f3 dos mandatos como la ley le permiti\u00f3 y luego lo sucedi\u00f3 Larreta que est\u00e1 terminando sus dos per\u00edodos y ser\u00e1 presidente o nada. Y podr\u00e1 ganar o no, en CABA su espacio pol\u00edtico u otro.<br \/>\nResulta grosero y nada grato redactar este texto. Es todo de una obviedad may\u00fascula. Sino fuera por las caracter\u00edsticas a las que se ha llevado a la poblaci\u00f3n, ser\u00eda de una estupidez supina que un medio consuma tanto espacio en contar lo que es p\u00fablico y notorio y est\u00e1 al alcance de cualquier ciudadano. Resulta absolutamente abrumador tener que hacerlo. Y hasta aceptamos que esta columna pareciera m\u00e1s enf\u00e1tica que la propia oposici\u00f3n. Pues eso habla de ella. No de nosotros.<br \/>\nY a\u00fan m\u00e1s, aceptamos que aqu\u00ed tambi\u00e9n se aplique la regla de que \u00abla gente elige que cosa creer\u00bb y por lo tanto no ser\u00e1n pocos los que encuentren en esta columna \u00abfalsedades\u00bb. Ser\u00eda bueno, como ocurr\u00eda al menos hace unos a\u00f1os, actuando como una revista de juegos y entretenimientos, que nos hagan saber de las mismas, para publicarlas en nuestras pr\u00f3ximas ediciones.<br \/>\nAl modo crucigrama: (para quien lo desee) la soluci\u00f3n en nuestro pr\u00f3ximo n\u00famero.<\/p>\n<p><strong>Editorial publicada en la edici\u00f3n del semanario Tiempo de Ranchos del 12 de Mayo de 2023<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Corte Suprema de Justicia de la naci\u00f3n en su acordada del martes respondi\u00f3 a un pedido de amparo presentado<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":17784,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-43015","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/43015","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=43015"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/43015\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":43017,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/43015\/revisions\/43017"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/17784"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=43015"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=43015"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupotiempodigital.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=43015"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}