La certeza del final parece haber despertado el vértigo alucinado del peronismo que nos gobierna.
En ese marco, la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires acaba de sancionar una Ley pomposamente denominada Marco regulatorio de las instituciones educativas comunitarias”.
La autora del proyecto es la diputada Alicia Sánchez”, del Frente para la Victoria, esposa del dirigente peronista Luis D ´Elía.
Otros compañeros, como los diputados Pan Rivas, Rego, Otavis, de Jesús y otros, todos del FPV acompañaron con sus firmas.
El proyecto tomó estado parlamentario con el número D 794/13-14 el 8 de junio de 2013.
Pasó por la Comisión de Educación, la de Asuntos Constitucionales y la de Presupuesto para finalmente ser aprobado en el recinto el 11de junio de 2014.
En esa oportunidad contó con el voto favorable del FPV y del Frente de Izquierda y los Trabajadores, (FIT).
Por boca del diputado Silvestre el Radicalismo anunció su abstención y aseguró el voto afirmativo en el Senado (¿?).
El diputado Sarghini, del Frente renovador, los de Massa, también anunciaron su abstención.
Con esa media sanción el proyecto pasó al Senado donde contó con el apoyo de todos los bloques.
¿Qué dispone la Ley?
En síntesis, admite que organizaciones barriales que atienden chicos de 4 y 5 años serán incorporadas al sistema formal de Educación Inicial de la Provincia y que los que allí se desempeñen y no tengan título habilitante serán nombrados como maestros en los términos de la Ley 10.579, Estatuto del Docente y sus modificatorias, (Art. 7° de la Ley).
Para decirlo más fácil podrá haber frente a los alumnos un maestro que no es maestro.
Por el absurdo, que es un método que se aplica en el proceso de enseñanza-aprendizaje, podría ocurrir que a la vecina que cura empachos y mal de ojos en el barrio la ubiquen como jefa de la sala de primeros auxilios del lugar.
El personal administrativo y de maestranza será igualmente designado sin que para ello cuenten los actos públicos que respetan los listados que fija la Ley de ingreso, (Art. 8° de la Ley).
La llave del intrusamiento militante está en el Art. 11° que textualmente dice “ En los casos en que las instituciones comunitarias de nivel inicial, que brinden educación y cuidado a alumnos de cuatro (4) y cinco (5) años de edad, contaren con educadores/as comunitarios/as de nivel inicial sin título docente, la Dirección General de Cultura y Educación promoverá las medidas conducentes para que obtengan titulación correspondiente, para lo cual valorará especialmente la experiencia, validación y capacitación de los/as educadores/as comunitarios/as de nivel inicial”.
Queda sólo un paso en manos del Gobernador Scioli.
Puede promulgar la Ley y dale que va o vetarla, para lo que la Constitución Provincial lo habilita.
¿Se animará?
Los legisladores lo han apretado y hay que admitir que el coraje de Scioli parece haberse agotado cuando corría en lancha.
Un párrafo para los legisladores de la oposición que por el camino del brazo alzado o por el atajo de la abstención han sido incapaces de sostener con firmeza, más allá del número que sean, que la Educación de los chicos no se negocia y los valores no se adelgazan.
Lo mismo cabe para los sindicatos docentes, tan aguerridos para defender sus salarios y tan mansos para preservar el ejercicio profesional de su actividad.
Nota del autor:
Texto de la Ley y versión taquigráfica de la sesión en Diputados a disposición, (hectoroliver@speedy.com.ar)