(Nota del Diario La Nación del 7 de Octubre de 2018)
Si la Legislatura bonaerense aprueba el proyecto de nuevo Código Contravencional que presentará el gobierno provincial antes de fin de año, quienes induzcan a menores de edad a mendigar serán sancionados con días de arresto, multas o trabajos comunitarios. Lo mismo sucederá con los cuidacoches, más conocidos como «trapitos», que no cuenten con la autorización municipal correspondiente o con quienes protagonicen actos de acoso sexual callejero, que será considerado como una «forma especial de hostigamiento o maltrato».
Pero, sin dudas, una de las principales modificaciones que plantea el proyecto oficial es la incorporación de la responsabilidad de los padres por los contravenciones protagonizadas por los hijos cuando haya negligencia o falta de cuidado de los adultos.
«Por ejemplo, si un menor de 16 años pinta o daña un monumento público y se demuestra que hubo una falta de cuidado por parte de sus padres que posibilitó el acto, los adultos serán pasibles de ser sancionados, ya sea con una multa o con trabajo de utilidad pública, como, por caso, reparar el daño causado», afirmó a LA NACIÓN una calificada fuente de gobierno que tuvo participación de la elaboración del proyecto.
El proyecto amplía el abanico de sanciones posibles -clasificadas en primarias, accesorias y sustitutivas- e incluso prevé la suspensión del juicio a prueba ( probation) y la extinción de acción por conciliación de intereses entre partes, por ejemplo, el resarcimiento a la víctima.
El concepto principal es que si el juez contravencional o de faltas cuenta con más opciones a la hora de resolver habrá más posibilidades de que el infractor sea sancionado y reciba una pena acorde al acto cometido. Se espera, además, que al abordar las situaciones consideradas predelictuales, la aplicación del nuevo código contravencional tenga efecto preventivo.
En la iniciativa se contempla que «un día de trabajo de utilidad pública será la prestación de tres horas de trabajo». También se afirma que las tareas deberán hacerse en establecimientos públicos, como escuelas, hospitales u «otras instituciones dependientes del Estado provincial».
Otra modificación sustancial es la incorporación del «agravante genérico» cuando la contravención sea cometida por un funcionario público.
El actual Código de Faltas bonaerense fue sancionado en 1973 y, desde entonces, tuvo 21 reformas. La intención del Poder Ejecutivo provincial es «dar una respuesta moderna, integral y eficiente a la problemática que significan las contravenciones».
El ministro de Justicia bonaerense, Gustavo Ferrari, tuvo reuniones con intendentes de todo el arco político (Cambiemos, Frente para la Victoria, Partido Justicialista y Frente Renovador) para hablar de la necesidad de tener un nuevo código de contravenciones y para conocer las opiniones de los jefes comunales al respecto.
Según fuentes oficiales, la gran mayoría de los jefes comunales estuvo de acuerdo en la necesidad de modificar las normativas actuales. Incluso sugirieron de las reuniones de trabajo cuestiones que fueron incorporadas al proyecto original.
«Por instrucciones de la gobernadora María Eugenia Vidal, en el marco de la reforma judicial que impulsamos, el nuevo Código Contravencional será una herramienta efectiva para la identificación de conductas predelictuales en las que el Estado podrá responder mediante una gama de sanciones modernas y adecuadas en procura de mejorar la convivencia y contribuir a la paz social en las comunidades de toda la provincia», afirmó el ministro Ferrari a LA NACIÓN.
Según agregaron las fuentes consultadas, los códigos contravencionales de la ciudad de Buenos Aires, San Luis, Salta y Tierra del Fuego han sido fuente de consulta para elaborar el proyecto que, como se dijo, será presentado antes de fin de año en la Legislatura provincial.
Entre los objetivos del proyecto figuran: delimitar con claridad la competencia contravencional y «asegurar a la ciudadanía el respeto de las garantías fundamentales de todo proceso judicial».
En el actual Código Contravencional las únicas sanciones aplicables son el arresto y las multas, pero con la modificación que plantea el proyecto oficial se sumarán los trabajos de utilidad pública, la prohibición de concurrencia a espectáculos, la interdicción de cercanía (para los acosadores, por ejemplo) y la reparación de daños, entre otras cuestiones.
«El arresto como sanción pasó a ser una excepción y no la regla principal. El objetivo es ordenar y modernizar el régimen sancionatorio, otorgando claridad en sus reglas generales y en el sistema de aplicación. En el actual Código, esencialmente, las únicas sanciones aplicables son el arresto y la multa. Aunque se prevén la clausura, la inhabilitación y el comiso [confiscación de un bien involucrado en el acto antijurídico], su ámbito de aplicación es restringido. Este catálogo, en el proyecto, es ampliado en enorme medida. Cuantas más opciones tenga el juez, más posibilidades habrá de que el contraventor sea sancionado», sostuvieron fuentes que participaron de la elaboración de la iniciativa, que deberá ser debatida por diputados y senadores bonaerenses.
Otra novedad del proyecto es la introducción de la suspensión del proceso a prueba, figura más conocida como probation contravencional.
«La probation contravencional no está prevista en el actual código y su implementación ha traído excelentes resultados, por ejemplo, en la ciudad de Buenos Aires», agregaron las fuentes consultadas.
También se incorpora la figura de la «conciliación» como una de las formas de extinción de acción contravencional. «La intención es favorecer la economía procesal y resaltar la importancia del interés de la víctima», concluyeron las fuentes.
Cambios en todos los códigos procesales
El gobierno bonaerense enmarca el cambio del código contravencional dentro del programa de reforma integral del Poder Judicial de la provincia. En distintas etapas, según explicaron calificadas fuentes del Poder Ejecutivo provincial, están siendo modificados el Código Procesal Penal (que, como principal marca, aumenta sustancialmente los derechos de la víctima y la oralidad en todo el proceso), el Procesal Civil y Comercial (armonizado con el nacional, recientemente modificado, y también tendiente a la oralidad) y el Laboral (que deja atrás el formato de tribunales de única instancia para organizarse en juzgados unipersonales y cámaras).
También están en pleno tratamiento la nueva ley de enjuiciamiento de magistrados y la de selección de magistrados (sin juzgados específicos). Y se incorporará la «Escuela Judicial» previa y obligatoria para todo aquel letrado que se postule a ocupar algún puesto de juez o fiscal en la provincia.
Por: Gabriel Di Nicola
Nota: De dicha reunión participo el Intendente (i) de General Paz Juan Manuel Alvarez como se observa en la foto